LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES (LOT)




Promulgación: 24/06/1985
Publicación: 08/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1420
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA
CAPITULO V - DE LA ORGANIZACION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES SEGUN LA MATERIA, CUANTIA Y GRADO DEL ASUNTO
SECCION II - DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

Artículo 53

  La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia se ejercerá por turno
anual rotativo entre sus miembros, según el orden de antigüedad en el
cargo.
 El turno comenzará con la apertura de los tribunales.
 En caso de vacancia, licencia, recusación o impedimento, la Presidencia
será desempeñada provisoriamente por el Ministro de mayor antigüedad en
el cargo.
 A igual antigüedad entre dos o más Ministros, la Suprema Corte resolverá.
 Los Ministros precederán entre sí, en el mismo orden.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 60.
Referencias al artículo
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