LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS - LEY DE EMERGENCIA




Promulgación: 30/12/1985
Publicación: 10/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1402

CAPITULO III - DEL PROCEDIMIENTO DE REBAJA DE ALQUILER

Artículo 10

   Si los malos pagadores a que se refiere el artículo anterior no
hubieran opuesto excepciones u obtenido la clausura del juicio con arreglo
al artículo 51 del decreto ley 14.219, de 4 de julio de 1974, bastará que
el actor justifique en autos que la intimación de desalojo ha quedado
firme, para que el juez revoque por contrario imperio la providencia de
suspensión de pago de aumentos del alquiler y decrete la clausura de los
procedimientos.
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