Ley N° 15804
JUSTICIA MILITAR - JUZGADOS - FISCALIAS
Promulgación: 29/01/1986
Publicación: 21/03/1986
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1986
- Página: 262
Artículo 6
El Supremo Tribunal Militar redistribuirá los funcionarios, bienes
muebles y útiles afectados a los Juzgados y Defensorías que se suprimen.
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