APROBACION DE LA LEY DE ZONAS FRANCAS




Promulgación: 17/12/1987
Publicación: 26/01/1988
Publicada anteriormente: 07/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1136
Reglamentada por:
      Decreto Nº 80/025 de 28/02/2025,
      Decreto Nº 309/018 de 27/09/2018,
      Decreto Nº 454/988 Derogada/o de 08/07/1988.
Ver: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 188.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VIII - DE LAS ZONAS TEMÁTICAS DE SERVICIOS (*)

Artículo 53

   Los usuarios de zonas temáticas de servicios audiovisuales podrán realizar actividades de filmaciones en el resto del territorio nacional, en las condiciones que determine el Poder Ejecutivo, y siempre que los costos de las mismas no excedan el 25% (veinticinco por ciento) de los costos totales anuales del usuario correspondiente. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 19.566 de 08/12/2017 artículo 21.
Referencias al artículo
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