INSTITUCIONES DE PREVISION SOCIAL ESTATALES Y PARAESTATALES - TIMBRES. SELLADOS




Promulgación: 23/12/1987
Publicación: 19/02/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1187

Artículo 1

  Extiéndase a los beneficiarios de todos los institutos de previsión
social estatales y paraestatales, la exoneración prevista en el artículo
87 de la ley 9.940, de 2 de junio de 1940 y en el artículo 57 de la ley
11.617, de 20 de octubre de 1950.

SANGUINETTI - ADOLFO CASTELLS MENDIVIL - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
Ayuda