CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS SUB SECCION II - DE LA CONSTITUCION 1° CONSTITUCION POR ACTO UNICO
Artículo 255
(Publicación). Efectuada la inscripción dentro de los sesenta días
siguientes, se publicará un extracto que contendrá la denominación de la
sociedad, el capital social, el objeto, la duración, el domicilio y los
datos referentes a su inscripción. (*)