CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS SUB SECCION II - DE LA CONSTITUCION 2° CONSTITUCION POR SUSCRIPCION PUBLICA
Artículo 265
(Suscripción en exceso). Cuando las suscripciones excedan el monto
previsto, la asamblea constitutiva decidirá su reducción a prorrata o
aumentará el capital hasta el monto de las suscripciones.