CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS SUB SECCION XI - DEL CONTROL DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS 1.- DE LA FISCALIZACION PRIVADA
Artículo 403
(Facultad especial). Si la sociedad tuviera auditores independientes,
el síndico o comisión fiscal podrán solicitarles los informes que juzguen
convenientes.