APROBACION DE LA RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1988




Promulgación: 23/01/1990
Publicación: 02/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 24

INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 4

    El Banco de Previsión Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de
las multas, así como para el reintegro de los pagos indebidos que haya
efectuado a instituciones o particulares como consecuencia de acciones u
omisiones de las empresas. A tales efectos constituirá título ejecutivo el
testimonio de las resoluciones firmes que impongan multas o reintegros de
pago.
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