El Banco de Previsión Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de
las multas, así como para el reintegro de los pagos indebidos que haya
efectuado a instituciones o particulares como consecuencia de acciones u
omisiones de las empresas. A tales efectos constituirá título ejecutivo el
testimonio de las resoluciones firmes que impongan multas o reintegros de
pago.