El Instituto Nacional de Pesca tendrá a su cargo la conservación y
preservación de los lobos, ballenas, delfines y demás mamíferos marinos y
tendrá al respecto los más amplios poderes de policía en todas las costas
o islas del país y en las zonas de derecho exclusivo de pesca. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 212.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.211 de 01/10/1991 artículo 23.