Autorízase al Poder Ejecutivo a acuñar la "Medalla de la República
Oriental del Uruguay" a fin de que la Presidencia de la República, a
iniciativa fundada del Ministerio de Relaciones Exteriores, la entrega a
personalidades extranjeras, en razón del principio de reciprocidad
protocolar, dando cuenta, previamente y en cada caso, a la Asamblea
General.
LACALLE HERRERA - HECTOR GROS ESPIELL - JUAN ANDRES RAMIREZ - IGNACIO DE
POSADAS MONTERO - MARIANO R. BRITO - ANTONIO MERCADER - WILSON ELSO GOÑI -
EDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE - GUILLERMO GARCIA COSTA - ALVARO
RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - JOSE MARIA MIERES MURO