MARINA MERCANTE




Promulgación: 27/06/1993
Publicación: 09/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 633
Reglamentada por: Decreto Nº 426/994 de 20/09/1994.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DEL REGISTRO NACIONAL DE BUQUES

Artículo 23

   Se aplicarán al Registro Nacional de Buques las disposiciones que sobre
la forma de los documentos y calificación de los mismos estén vigentes
para los Registros de la Propiedad Raíz. (*)
Referencias al artículo
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