Créase una Comisión Honoraria integrada por un representante del
Ministerio de Economía y Finanzas, que la presidirá, uno por el Banco
Central del Uruguay, dos por el Banco de Seguros del Estado, y tres
delegados del sector privado designados por dicho Ministerio, a propuesta
de las compañías de seguros y reaseguros que operen en plaza, de los
agentes y de los corredores de seguros.
La reglamentación regulará la forma de designación de los integrantes
de esta Comisión.
El Ministerio de Economía y Finanzas suministrará los recursos
necesarios para su funcionamiento. (*)