RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 121

    Extiéndese la compensación especial, no sujeta a montepío, dispuesta
por los artículos 112 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, y
49 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, a todos los
Magistrados del Poder Judicial y Fiscales, a quienes el Estado no les
proporcione vivienda.
Referencias al artículo
Ayuda