RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12
Referencias a toda la norma

SECCION II - FUNCIONARIOS
CAPITULO III - FUNCIONAMIENTO

Artículo 17

 Los funcionarios públicos destituídos que dedujeron sus pretensiones de
acuerdo a la Ley Nº 15.783, de 28 de noviembre de 1985, cuyo trámite no ha
culminado por paralización o perención en sede administrativa y
contencioso administrativa o porque no se ha operado la recomposición de
su carrera administrativa, podrán continuar los procedimientos
compareciendo en los expedientes respectivos, dentro de un plazo de 60
días a contar de la vigencia de la presente ley.
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