SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 32
Facúltase al Poder Ejecutivo a extender lo previsto en los artículos 280
y 281 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, a todo el personal
del Area de Enfermería del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.