SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 46
El excedente no afectado del artículo 9 del Decreto Ley Nº 15.716, de 6
de febrero de 1985, por aplicación del artículo 217 de la Ley Nº 16.170,
de 28 de diciembre de 1990, se destinará a la promoción social y bienestar
de los recursos humanos de la Dirección de Loterías y Quinielas.