Reglamentada por: Decreto Nº 325/002 de 22/08/2002, Decreto Nº 307/995 de 11/08/1995. Ver: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 755 (interpretativo).
Las becas tendrán un monto máximo de dos Salarios Mínimos Nacionales por mes, durante el tiempo que dure, según el programa oficial, cada período lectivo y sus correspondientes evaluaciones. (*)