Créase la Comisión Pro Museo Histórico Artiguista de Las Piedras, la
que funcionará en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura.
Se integrará con siete miembros, a saber: uno por el Ministerio de
Educación y Cultura, que la presidirá; uno por el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas; uno por el Ministerio de Defensa Nacional; uno por la
Intendencia Municipal de Canelones; uno por la Junta Local Autónoma de
Las Piedras; uno por la Universidad de la República (Facultad de
Arquitectura) y uno por el Museo Histórico Nacional.
El Ministerio de Educación y Cultura dará posesión de sus cargos a
los miembros que propongan los respectivos organismos, dentro de los
cuarenta y cinco días de promulgada la presente ley. (*)