El Ministerio del Interior coordinará con el Ministerio de Educación y
Cultura, a través del Instituto Nacional de la Juventud (INJU), la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el Instituto Nacional
del Menor (INAME), la Junta Nacional de Empleo u otros organismos
competentes, la aplicación de políticas de prevención y educación
relacionadas con los problemas de la juventud, pudiendo celebrarse los
convenios que a tal fin se consideren necesarios.
El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición.