LEY DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 03/09/1995
Publicación: 11/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 298
Referencias a toda la norma

TITULO I - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II - DEFINICIONES

Artículo 5

   (Régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional).- A los
efectos de la presente ley, se entiende por régimen de jubilación por
solidaridad intergeneracional, aquel que establece prestaciones definidas
y por el cual los trabajadores activos, con sus aportaciones, financian
las prestaciones de los pasivos juntamente con los aportes patronales, los
tributos afectados y la asistencia financiera estatal.  (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 125/996 de 01/04/1996.
Ver en esta norma, artículo: 62.
Referencias al artículo
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