TITULO VII - DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL Y DEL REGISTRO DE HISTORIA LABORALCAPITULO I - DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 15.800 de 17/01/1986 artículo 4 numerales 4º) y 6º).