DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. COLONIA




Promulgación: 20/12/1995
Publicación: 28/12/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 751

Artículo 2

  Los bienes quedan afectados por las siguientes servidumbres: prohibición
de realizar cualquier modificación arquitectónica, paisajística o de
cualquier otra índole que altere o pueda modificar el área protegida sin
el consentimiento previo de la Comisión del Patrimonio Histórico,
Artístico y Cultural de la Nación; prohibición de destinar el Monumento
Histórico a usos incompatibles con las finalidades de la Ley Nº 14.040, de
20 de octubre de 1971; obligación de proveer a la conservación del
inmueble; obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación o el Consejo
Ejecutivo Honorario de Colonia a los fines de la comprobación del estado y
conservación del bien y del fiel cumplimiento de las obligaciones y
prohibiciones consagradas por la Ley Nº 14.040.
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