LEY DE FONDOS DE INVERSION - INTERMEDIACION FINANCIERA




Promulgación: 27/09/1996
Publicación: 07/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 803
Referencias a toda la norma

TITULO III - REGULACION Y CONTROL
CAPITULO UNICO - REGULACION, CONTROL Y SANCIONES

Artículo 25

   (Organo de fiscalización).- El Banco Central del Uruguay tendrá a su
cargo el registro y fiscalización de las sociedades administradoras y
sociedades depositarias de Fondos de Inversión, conforme a las
prescripciones de la presente ley y su reglamentación.
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