LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 28/09/1997
Publicación: 10/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 888
Reglamentada por: Decreto Nº 99/998 de 21/04/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - REGISTRO DE LA PROPIEDAD
2.1. SECCION INMOBILIARIA

Artículo 13

   (Matriculación de la propiedad horizontal).- Para matricular la
propiedad horizontal constituida o en construcción, el decreto
reglamentario de la presente ley tomará en cuenta los diversos regímenes y
las diferentes situaciones jurídicas que las leyes vigentes prevén.   (*)
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