LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 28/09/1997
Publicación: 10/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 888
Reglamentada por: Decreto Nº 99/998 de 21/04/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - RECTIFICACION DE ASIENTOS REGISTRALES

Artículo 72

  (Carácter público de los registros).- Los registros a que refiere la
presente ley serán públicos. Quienes tengan interés en averiguar la
situación registral actual de bienes y personas podrán solicitar la
información al Registro correspondiente. (*)
Ayuda