CAPITULO II - REGISTRO DE LA PROPIEDAD 2.1. SECCION INMOBILIARIA
Artículo 8
(Registro de la Propiedad - Sección Inmobiliaria. Base de
ordenamiento).- Esta Sección se ordenará en base a la previa matriculación
de cada inmueble y a la concentración en un solo elemento de los datos que
configuren su situación registral.(*)