Considérase modelo de utilidad patentable a toda nueva disposición o
conformación obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de
trabajo, utensilios, dispositivos, equipos u otros objetos conocidos, que
importen una mejor utilización o un mejor resultado en la función a que
están destinados, u otra ventaja para su uso o fabricación.
Se entenderá que un modelo de utilidad es novedoso cuando no se encuentre
en el estado de la técnica.
Un modelo de utilidad para ser patentable deberá implicar una mínima
actividad inventiva. (*)