El Poder Ejecutivo, atento a la necesidad de proteger el medio ambiente
y la salud humana, animal o vegetal, podrá impedir mediante resolución
fundada, la introducción al país de desechos que, aun no estando
caracterizados como peligrosos debido a su cantidad, volumen o
composición, puedan convertirse en una amenaza para las condiciones de la
calidad de vida en el país.