(Coordinación).- Corresponde al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la coordinación
exclusiva de la gestión ambiental integrada del Estado y de las entidades
públicas en general.
Además de las competencias asignadas en forma específica a ese
Ministerio, corresponderán al mismo todas aquellas materias ambientales,
aun sectoriales, no asignadas legalmente a otra entidad pública.
Dicho Ministerio podrá delegar en autoridades departamentales o locales
el cumplimiento de los cometidos de gestión ambiental, previo acuerdo con
el jerarca respectivo y en las condiciones que en cada caso se
determinen. (*)