SECCION XII TITULO I - FOMENTO DEL DEPORTE CAPITULO 9 - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 82
Las Sociedades Anónimas Deportivas creadas en virtud de la presente ley
cuya única finalidad sea la prevista en el inciso tercero del artículo
70, estarán exoneradas de todo impuesto nacional. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 223/001 de 14/06/2001.