Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de la
moneda de $ 10,00 (diez pesos uruguayos) conmemorativa de los 150 años
del fallecimiento del Prócer General José Artigas y de la moneda de $
5,00 (cinco pesos uruguayos), hasta las cantidades y con las
características que se determinan en los artículos siguientes,
facultándosele a prescindir del requisito de licitación pública y
proceder a la contratación directa con casas acuñadoras oficiales.