Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de
Loterías y Quinielas, a organizar certámenes de pronósticos de resultados
deportivos internacionales y juegos de azar realizados en Internet, con
otorgamiento de premios en dinero o en especie, los que quedarán
comprendidos en cuanto a su administración y recepción de apuestas por lo
dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985.
La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, por resolución, deberá
dictar en cada caso, las normas necesarias para cumplir con el control y
fiscalización que le compete y también determinar qué registros y
documentación serán imprescindibles a los mismos fines.