Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la
cobertura del seguro por desempleo de los trabajadores de la empresa
Industrial Pando S.A., afectados por la situación de la referida empresa,
en los términos, plazos y condiciones que establezca la reglamentación,
pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se
revierta la situación de dicha empresa. El plazo máximo de extensión será
de seis meses. (*)