APROBACION DE LA LEY DE REACTIVACION ECONOMICA. INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 818
Reglamentada por: Decreto Nº 377/002 de 28/09/2002.
Referencias a toda la norma

Artículo 69

 Formulada la opción prevista en el artículo 67, los contribuyentes de 
los Impuestos a las Rentas de la Industria y Comercio y a las Rentas 
Agropecuarias, podrán optar por activar y amortizar las referidas 
diferencias de cambio con arreglo a lo dispuesto por la presente ley o 
imputarlas como pérdida fiscal de acuerdo con el régimen general.
Referencias al artículo
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