Declárese de interés nacional la producción en todo el territorio del
país, de combustibles alternativos, renovables y sustitutivos de los
derivados del petróleo, elaborados con materia nacional de origen animal
o vegetal.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, junto a
representantes de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Pórtland, analizará la viabilidad, los requerimientos, exigencias y el
régimen jurídico aplicable para el desarrollo de la producción,
distribución y el consumo de biodiesel en nuestro país.
Se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar total o parcialmente, de todo
tributo que grave a los combustibles derivados del petróleo, al cien por
ciento (100%) del combustible alternativo elaborado por derivados de
materia prima nacional de origen animal o vegetal.