DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PRODUCCION DE BIOCOMBUSTIBLES




Promulgación: 20/10/2002
Publicación: 29/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1230

Artículo 3

 Se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar total o parcialmente, de todo 
tributo que grave a los combustibles derivados del petróleo, al cien por 
ciento (100%) del combustible alternativo elaborado por derivados de 
materia prima nacional de origen animal o vegetal.
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