REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS EMPLEADOS DE LA EX ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE LA ESTIBA




Promulgación: 29/12/2002
Publicación: 17/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1778

Artículo 3

 La incorporación definitiva al organismo de destino de todos los 
empleados amparados por el artículo 33 de la Ley Nº 17.243, de 29 de 
junio de 2000, se operará de pleno derecho y se realizará en calidad de 
contratación permanente, respetando lo dispuesto al efecto por el 
artículo 37 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992.

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