Derógase el decreto-ley Nº 15.289, de 14 de junio de 1982. En relación a
los juicios en trámite por aplicación de dicho decreto-ley, no se
aplicará el presente texto legal, sino que dichos juicios continuarán
sujetos al decreto-ley N° 15.289, de 14 de junio de 1982. (*)