APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL. FACILIDADES DE PAGO




Promulgación: 22/08/2003
Publicación: 03/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 395

Artículo 6

 Fíjase un plazo de noventa días a partir de la vigencia de la presente 
ley para ampararse al régimen de facilidades previsto en los artículos 2º 
y 3º de la presente ley.
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