LEY DE CREACION DEL COMISIONADO PARLAMENTARIO




Promulgación: 29/08/2003
Publicación: 18/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 410

Artículo 13

 La negativa de los funcionarios o sus superiores a remitir los informes 
que se les soliciten o la falta de colaboración en la asistencia o 
auxilios solicitados en forma, podrán ser consideradas actitudes 
entorpecedoras en el normal funcionamiento de los cometidos del 
Comisionado Parlamentario.

En este caso el Comisionado Parlamentario notificará bajo apercibimiento 
a la autoridad máxima competente que de no accederse a lo solicitado en 
un plazo de quince días podrá levantar la reserva de las actuaciones.
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