MODIFICACION DEL CGP Y DE LA LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES




Promulgación: 10/11/2003
Publicación: 17/12/2003
Publicada anteriormente: 19/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1239

Artículo 16

 Créanse cuatro Juzgados Letrados de Primera Instancia de Familia en la 
capital, cuyos gastos de Inversión y de funcionamiento no podrán superar 
las sumas de $ 3.145.740 y $ 3.297.036 respectivamente, los que serán 
atendidos con cargo a lo recaudado por el tributo "Timbre Registro de 
Testamentos y Legalizaciones" creado por la presente Ley. La partida de 
Inversiones corresponde exclusivamente a los ejercicios 2004 y 2005. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 28 (vigencia).
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