TITULO III - ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO I - GENERALIDADES
Artículo 7
(Inembargabilidad y Exenciones).- Los bienes de la Caja serán
inembargables, excepto para responder por las obligaciones que establece
esta ley.
La Caja está exonerada de toda clase de impuestos nacionales y tributos
departamentales por las actuaciones y operaciones que realice, así como
por sus bienes. (*)