DECLARACION DE INTERES GENERAL. REGULACION DE LA CONTAMINACION POR PLOMO




Promulgación: 20/05/2004
Publicación: 31/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1299

CAPITULO I
DE LAS NAFTAS

Artículo 4

   Los vehículos nuevos que se comercialicen a partir de treinta días de la vigencia de la presente ley deberán estar equipados para funcionar con
naftas, de acuerdo a lo indicado en los artículos 2º y 3º de esta ley.
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