REGULACION DE LAS SOCIEDADES, ASOCIACIONES Y SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO AGRARIO




Promulgación: 21/05/2004
Publicación: 02/06/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1313
Reglamentada por: Decreto Nº 403/004 de 10/11/2004.
Referencias a toda la norma

DE LAS SOCIEDADES AGRARIAS Y LOS CONTRATOS AGRARIOS COLECTIVOS DE INTEGRACION

Artículo 3

 (Actividad agraria).- A los efectos de esta ley se reputan agrarias las 
actividades destinadas a la producción animal o vegetal y sus frutos, con 
fines de su comercialización o industria, así como también las de manejo 
y uso con fines productivos de los recursos naturales renovables.
Se consideran comprendidas en ella, las actividades realizadas por los 
productores rurales de manera directamente conexa o accesoria, sea para 
sostén de su explotación, o como complemento o prolongación de sus actos 
de producción o servicio. (*)
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