REGULACION DEL PLAN NACIONAL DE EMERGENCIA SOCIAL




Promulgación: 20/05/2005
Publicación: 25/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 821
Reglamentada por: Decreto Nº 176/005 de 23/05/2005.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 (Pago).- Verificadas las condiciones habilitantes y otorgado el
beneficio monetario, el Poder Ejecutivo autorizará el pago y la
transferencia de fondos, comunicándolo al Banco de Previsión Social, que
será el organismo encargado de abonarlo al miembro del hogar que sus
componentes hayan seleccionado al momento de aquella verificación.
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