REGULACION DEL SECTOR FORESTAL




Promulgación: 07/10/2005
Publicación: 14/10/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 847

Artículo 2

 El referido subsidio se mantendrá para los productores que hubieren
presentado proyectos forestales ante la Dirección General Forestal del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para su aprobación, con
anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley.

Dichos proyectos, en caso de resultar aprobados, quedarán comprendidos en
el artículo 43 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002.
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