SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 105
Facúltase al Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General
de la Nación, a suscribir con el refrendo del Ministerio de Economía y
Finanzas, convenios con personas físicas o jurídicas cuya finalidad sea
la celebración de contratos de arrendamientos.
Asimismo, dicho Servicio queda facultado a administrar los fondos
asignados para cumplir la operativa de dichos convenios.
Los contratos serán regulados al amparo de lo establecido por la Ley N°
9.624, de 15 de diciembre de 1936, modificativas y concordantes. (*)
(*)Notas:
Inciso 3º) redacción dada por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 377.
Inciso 3º) ver vigencia: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 105.