PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO BANCARIO




Promulgación: 02/01/2006
Publicación: 10/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 9
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   (Monto máximo del subsidio).- Durante el período de prórroga indicado
en el artículo precedente, el monto máximo del subsidio por desempleo
será, los primeros doce meses, equivalente a quince Bases de Prestaciones
y Contribuciones, y los doce meses restantes, equivalentes a doce Bases
de Prestaciones y Contribuciones (Ley Nº 17.856, de 20 de diciembre de
2004).
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