ERRADICACION DE LA VIOLENCIA EN EL DEPORTE




Promulgación: 08/01/2006
Publicación: 13/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   (Registro).- Para asegurar el cumplimiento de las penas previstas en
esta ley, el Ministerio del Interior llevará un registro de las personas
que hayan sido sancionadas como infractoras por violencia en espectáculos
públicos.
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